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Publicado :mar/29

¿Qué debemos hacer ante un caso de crueldad?
Sabemos que ningún caso es igual a otro y que muchos casos son muy difíciles de resolver, aquí damos algunas pautas para hacerlo más fácil:
Para esto se deben tener en cuenta las leyes con las que contamos:
1.-Ley peruana de protección a animales domésticos y mantenidos en cautiverio Nº 27265 , y dice:
• Son obligaciones de los dueños o encargados de los animales: Velar por su alimentación, salud y condiciones de vida adecuadas; no causarles, ni permitir que se les causen, sufrimientos innecesarios; no criar mayor numero de animales que el que pueda ser bien mantenido y no abandonarlos
• El Art. N°16 prohíbe la venta de animales en la vía pública o establecimientos o lugares no autorizados para ello.
Perro con piques, su dueña nunca lo llevó al veterinario. Se le tuvo que eutanisar. Los piques habían comprometido organos importantes.
• El incumplimiento de la Ley constituye infracción administrativa y será sancionada por la autoridad del Sector Salud y los infractores son pasibles de una multa no menor de una ni mayor de cincuenta unidades impositivas tributarias. ( Esta Ley aún no tiene reglamento, pero está vigente y es deber de la policía y municipalidades aceptar las denuncias
2.- Ley tenencia de canes y dice:
• Todo can tiene derecho a la protección de la vida, su integridad física, salud y alimentación, a desarrollarse en un ambiente apropiado.
• En el tema de las Infracciones, se puede encontrar algunos actos de crueldad como: Dejar de alimentarlos o alimentarlos con basura o alimentos contaminados. Criarlos o abandonarlos en las vías y áreas de uso público, someterlos a prácticas de crueldad o maltratos innecesarios. No prestarles asistencia médica veterinaria. Ejecutar otras formas de sacrificio diferentes a la eutanasia. Organizar y participar en pelas de canes
• Las sanciones se basan en : El perjuicio y daño causado, el riesgo para la salud pública y la condición de reincidencia del infractor. La municipalidad correspondiente impondrá la sanción, que puede ser: Notificación preventiva, multa de 0,5 a 2 UIT según la infracción, retención del Animal, sacrificio del Animal, cierre temporal o clausura del centro o establecimiento
3.- Ordenanzas Municipales:
Casi todos los municipios de Lima ya tienen su propia reglamentación respecto a la tenencia de animales. Puedes encontrarlas en la página de cada Municipalidad o también llamándolos por teléfono para que te orienten o si deseas puedes pedirlas a nuestro correo electrónico: alcodenuncias@yahoo.es
IMPORTANTE: Cualquier persona natural puede verificar y resolver un caso de crueldad. Todos tenemos la facultad de defender a un animal. Por favor, no esperemos que los voluntarios de una protectora acudan al caso porque hay cientos y mientras ellos van, el animalito sigue sufriendo. Habla con el dueño, explícale que está mal lo que hace, déjale una nota debajo de la puerta (si no deseas que sepan quien eres) o pídenos una notificación, explica las leyes de protección, toma fotos, vídeos, escribe al municipio correspondiente y forma parte de los grupos de protección y así puedes ayudarlos mucho. Ellos no necesitan tu compasión, sino tu acción.
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