Qué hacer ante un acto de crueldad en Perú

Muchas veces recibimos denuncias sobre actos de crueldad contra animales. Sabemos que ningún caso es igual a otro y que la mayoría son difíciles de resolver, ya que mucha gente cree que los animales no sienten igual que las personas y por eso no entienden que necesitan casi lo mismo que nosotros para tener una buena calidad de vida. Además, en el Perú los procesos legales son largos y costosos; pero aquí damos algunas pautas para orientar a quienes deseen denunciar algún maltrato a los animales, según nuestra experiencia o tomar la denuncia.

PARA DENUNCIAR DEBES INFORMARTE SOBRE NORMAS DE PROTECCIÓN ANIMAL

Descarga e imprime la Ley peruana de protección a los animales Nº 30407 que tiene como objeto impedir el maltrato, la crueldad, causados directa o indirectamente por el ser humano, así como fomentar el respeto a la vida y el bienestar de los animales en todo el territorio peruano.

— Descarga e imprime la Ley peruana de Tenencia de canes Nº 27596. Ley que tiene como objeto la protección de los canes para cuidar su integridad física, salud y alimentación, desarrollarse en un ambiente apropiado, en todo el territorio peruano.

— Descarga e imprime la Ordenanza Nº 2275 que complementa a la Ordenanza N° 1855, que establece el Régimen Municipal de Protección Animal en la provincia de Lima.

— Descarga e imprime el Artículo 206-A del Código Penal. Sanciona penalmente el abandono y actos de crueldad contra animales domésticos y silvestres.

Descarga e imprime la Ley Forestal y de Fauna Silvestre N° 29763 que tiene la finalidad de promover la conservación, la protección, el incremento y el uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre dentro del territorio peruano.

— Descarga e imprime la Ordenanza Municipal de Protección de animales Nº 1855, que tiene por objeto establecer un Régimen Municipal de protección a los animales domésticos así como promover buenas prácticas orientadas a la protección y bienestar a los animales en general en la provincia de Lima (Lima Metropolitana).

PARA TENER EN CUENTA

— El denunciante debe dar la mayor información posible y brindar dirección exacta del caso, así como su celular y dirección.

— Si el denunciado no tiene intenciones de cambiar de actitud se le debe explicar que existe una Ley de protección de los animales y que podría ser denunciado;  siempre tratando de que se ponga en el lugar del animal que maltrata, cambiando los roles.

— Si el animal está en mal estado, y sea tuyo o no, lo primero que debes hacer es recogerlo, sacarlo del peligro al que está expuesto y llevarlo a una veterinaria. Luego puedes pedir toda la ayuda económica o legal que necesites.

— Siempre se debe coordinar con el denunciante para encontrarse con él cerca a donde se produce el acto de crueldad. Así nos aseguramos de que el caso no sea falso.

— Visitar por segunda vez el lugar para ver si ha ocurrido alguna mejora en la calidad de vida del perro o gato. De no ver ningún cambio en el trato hacia el animal se deberá hacer la denuncia en la comisaría correspondiente.

En la comisaría tal vez no quieran aceptar la denuncia, pero la policía tiene el deber y la obligación de hacer valer las leyes. Lleva contigo la Ley de Protección animal. La policía ir a verificar y hacer un acta sobre el caso.

— Es importante que el denunciante, o la persona que verifica el caso, tome fotografías y videos del mismo. Mientras más pruebas se consiga es mejor para poder hacer la denuncia ante la comisaría, municipio y/o entidad correspondiente.

— Si el afectado ha sido tu perro o gato quien que ha sido maltratado o envenenado, etc. por un tercero es muy importante que hagas la denuncia, así como si es un perro/gato abandonado y sabes quién lo ha maltratado. 

— Si ves que un animal está sufriendo maltrato y tortura y puedes llevártelo, llévatelo. La comunidad defensora de los animales te va a apoyar. #LaIndiferenciaMata

— Dialogar con el responsable del animal maltratado. Preguntarle por la calidad de vida del animal e intentar que permita que lo vean para saber cómo está. Preguntarle si lo quiere seguir teniendo o desea entregarlo en adopción.

— Denunciar en la comisaría, municipio, Fiscalía Penal y en casos de animales silvestres a SERFOR, la Fiscalía ambiental, ATFFS o Policía Ecológica presentando las pruebas del maltrato. Llevar la Ley de Protección y Bienestar Animal Nº 30407 y las ordenanzas municipales de cada distrito.

— Debemos tener en cuenta que los procesos legales son largos, toman tiempo y hay que hacerles seguimiento constante.

La Ley peruana de protección y bienestar de animales domésticos y silvestres mantenidos en cautiverio Nº 30407, especifica, entre otros mandatos:

Artículo 3. Proteger la vida y la salud de los animales vertebrados, domésticos o silvestres mantenidos en cautiverio, impedir el maltrato, la crueldad, causados directa o indirectamente por el ser humano, que les ocasiona sufrimiento innecesario, lesión o muerte; así como fomentar el respeto a la vida y el bienestar de los animales.

Artículo 6. Denuncia por incumplimiento de la Ley.- Toda persona, natural o jurídica, está facultada para denunciar las infracciones a la presente Ley. Los gobiernos locales, el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú tienen el deber de atenderlas e intervenir para garantizar la aplicación de la presente Ley.

Artículo 22. Prohibiciones generales.- Se prohíbe toda práctica que pueda atentar contra la protección y el bienestar animal.(…).

Artículo 5. Deberes de las personas.- Toda persona tiene el deber de procurar la protección y el bienestar de los animales, cualquiera sea su especie, evitando causarles daño, sufrimiento innecesario, maltrato de tipo físico que altere su normal comportamiento, lesión o muerte.

Artículo 7. Deberes del Estado.– El Estado, a través de los sectores competentes, establece las medidas necesarias para la protección de los animales de compañía, de manera que se les garantice la vida, la salud y vivir en armonía con su ambiente; (…).

Artículo 10. Responsabilidades de las autoridades e instituciones involucradas.
(…) Los sectores competentes del Poder Ejecutivo, gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales tienen la responsabilidad de vigilar la aplicación de la presente Ley en el marco de sus competencias, debiendo para ello contar con equipos profesionales relacionados al tema.(…).

El Artículo 206-A del Código Penal dice:

El que comete actos de crueldad contra un animal doméstico o un animal silvestre, o los abandona, es reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, con cien a ciento ochenta días-multa y con inhabilitación de conformidad con el numeral 13 del artículo 36. Si como consecuencia de estos actos de crueldad o del abandono el animal doméstico o silvestre muere, la pena es privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años, con ciento cincuenta a trescientos sesenta días-multa y con in-habilitación de conformidad con el numeral 13 del artículo 36.

La Ordenanza Municipal de Lima:

La Ordenanza Nº 1855, es para los Municipios de la provincia de Lima, y ellos pueden regirse por dicha Ordenanza, así como por las suyas propias, si las tuviesen, ya que la mayoría de Municipios de Lima e incluso de provincias del Perú las tienen. Escríbenos si necesitas alguna ordenanza municipal de Lima o provincias para enviártela, en caso exista.

Municipios de la provincia de Lima

Cercado de Lima, Ancón, Ate, Barranco, Breña, Carabayllo, Chaclacayo, Chorrillos, Cieneguilla, Comas, El Agustino, Independencia, Jesús María, La Molina, La Victoria, Lince, Los Olivos, Lurigancho,Chosica, Lurin, Magdalena del Mar, Pueblo Libre, Miraflores, Pachacámac, Pucusana, Puente Piedra,

Punta Hermosa, Punta Negra, Rímac, San Bartolo, San Borja, San Isidro, San Juan de Lurigancho, San Juan de Miraflores, San Luis, San Martín de Porres, San Miguel, Santa Anita, Santa María del Mar, Santa Rosa, Santiago de Surco, Surquillo, Villa El Salvador y Villa María del Triunfo.

ORGANISMOS DÓNDE DENUNCIAR

— Comisaría de tu distrito. Si en la comisaría no quieren recibir la denuncia debes solicitar audiencia con el comisario. En caso se nieguen a brindarte dicha audiencia comunícate al 1818 opción 3 y/o envía un correo a denuncias@mininter.gob.pe

— Línea del Municipio de Lima habilitada para recibir denuncias sobre venta ilegal y maltrato a los animales: (0051) 6321744, (051) 632-1343.

— Fiscalía Ambiental: Línea gratuita Número 0800205. Correos electrónicos:  coordinacion-fema@mpfn.gob.pecoordinacionfema@gmail.com

— Municipio de tu distrito. Escríbenos para enviarte la Ordenanza municipal de protección correspondiente a tu municipio en caso la tengan. Hoy en día casi todos los municipios del Perú tienen una ordenanza de protección.

— Ministerio Público: Av. Abancay Cdra 5 s/n (Sede Central en Lima) Perú. Teléfonos: (051) 4264297, 625-5555, 2085555 anexo 6095. Y/o Fiscalías penales correspondientes al distrito donde ocurrió el caso de maltrato.

— Formulario de Denuncia para llenar on line.

4 comisarías en Lima harán que las denuncias por maltrato animal lleguen a fiscalía: San Martín de Porres (norte), Miraflores (sur), Santa Anita (Este) y Petit Thouars (centro oeste). Falta en otras ciudades del Perú, sin embargo, todas las comisarías del país pueden recibir las denuncias.

DENUNCIA ACTOS DE CRUELDAD, TENENCIA ILEGAL O VENTA DE ANIMALES SILVESTRES

Denuncias Ministerio Público
La tenencia ilegal de animales silvestres es sancionada con cárcel y con multas superiores a S/. 40,500 Nuevos Soles (10 UIT). Ley Forestal y de Fauna Silvestre N° 29763.

DENUNCIA on line AQUÍ.

SERFOR- Servicio Nacional  Forestal y de Fauna Silvestre: Denuncias al Whatsapp 947588169. Llamar a la Central (051) 2259005 anexos 5203, 137. Dirección: Av. Javier Prado Oeste N° 2442, Urb. Orrantia, Magdalena del Mar, Lima.

Orientación para hacer la denuncia ante SERFOR.

— Ponte en contacto con la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre: Jr. Huamachuco 1833 Jesús María. Lima Perú. Teléfono: (0051) 460-0873 / 4600873 / 4615493. 4600873 / 7950750 / 995192271 / 945140672.

— Llama al Municipio de Lima para denunciar venta ilegal de animales  (051) 6321343, WhatsApp 982158461, correo denuncias.gfc@munlima.gob.pe, Lima.

— Envia un correo a alerta@serfor.gob.pe  mesadepartes@serfor.gob.pe Mesa de partes virtual AQUÍ.

Ver AQUÍ el directorio de SERFOR

Ponte en contacto con la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre: Avenida Bierzo S/N. Ventanilla, Callao. Teléfono: (051) 5777447.

— Ponte en contacto con la Dirección de Protección del Medio Ambiente PNP: Calle Jilgueros N°197 – San Isidro, Lima.  Red social: FaceBook.

Fiscalía Ambiental: Av. Abancay Cdra 5 s/n (Sede Central en Lima) Perú. Teléfonos: (051) 4264297, 625-5555, 2085555 anexo 6095. Línea gratuita: 0-800-00-2050. Correos electrónicos: coordinacion-fema@mpfn.gob.pecoordinacionfema@gmail.com

 Sedes de SERFOR en el Perú.

Denuncia a través de Redes sociales y Whatsapp

Alertas Serfor

Si en la comisaría no aceptan tu denuncia esto es lo que dice la Policía Nacional del Perú que debes hacer:

Las asociaciones, grupos y personas naturales defensoras de los animales debemos denunciar los actos de crueldad y maltrato a los animales (nuestros o no) que veamos y no esperar que la Ley actúe por sí misma o que las autoridades lo hagan de oficio. No podemos quejarnos simplemente, tenemos que actuar.

Si vas a escribirnos para que intervengamos porque tú no sabes cómo proceder ante un maltrato a los animales, envíanos los siguientes datos:

Tus nombres y apellidos completos.

Tu dirección completa.

Dirección completa de donde sucede el acto de crueldad.

Tu Nº de Documento Nacional de Identidad (DNI).

Fotos y/o videos del caso.

Datos del agresor, en caso los tengas.

Tu Nº de teléfono fijo y/o celular.

Información del o los animales maltratados.

Toda la información que puedas dar del caso.

De no contar con estos datos no podemos ayudar. La información que envíes se mantendrá en privado.

Como bien dice la Ley de protección: cualquier persona natural puede verificar, denunciar y resolver un acto de crueldad.

Todos tenemos la facultad de defender a un animal. Por favor, no esperemos que los voluntarios de una protectora acudan al caso porque hay cientos de denuncias y mientras ellos van, el animal seguirá sufriendo. Habla con «el dueño», explícale que está mal lo que hace, déjale una nota debajo de la puerta (si no deseas que sepan quien eres), explica las leyes de protección, toma fotos, vídeos, denuncia a la comisaría, escribe al municipio correspondiente y forma parte de los grupos de protección. Así puedes ayudarlos mucho. Ellos no necesitan tu compasión, sino tu acción.

I N J U S T I C I A

La ley peruana de protección y bienestar de los animales Nº 30407 exceptúa expresamente las corridas de toros y peleas de gallos por ser espectáculos «culturales» con eso el maltrato y la tortura hacia estos animales no está penada, ha vuelto a ser blindada y sigue siendo legal. Entonces los toros y gallos, para variar, son considerados cosas que no pueden ser protegidos, todo lo contrario, pues se usa una ley de «protección» a los animales para poder seguir legalizando su tortura y explotación en espectáculos. Realmente inaudito. 

FIRMA AQUÍ PARA QUE LOS ESPECTÁCULOS CRUENTOS SEAN ABOLIDOS EN EL PERÚ.

ALCO Perú

Creemos que la solución al maltrato, explotación y crueldad hacia los animales es la educación y la información.

También te podría gustar...

39 Respuestas

  1. cesar ricardo seminario gallo dice:

    Mi nombre es cesar ricardo seminario gallo, DNI 07375761, celular 997669703, direccion en Jorge salazar 160 La victoria..y les manifiesto que en la casa de Jorge Salazar 140 La Victoria, en cuya casa tiene como 4 a 5 mascotas, y una de las mascotas no hay dia de la semana que no se lamente( ladrido con lloriqueo) he hablado con la propietaria de que haga algo por esa mascota y a lo que me contesto de que queire que haga si su hijo sale a trabajar y al sacarla al jardin empieza el lamento, lo que mas duele es la indiferencia de las personas que al ver este cuadro no hace nada por solucionarlo y es mas al frente funciona un jardin de niños que todos los dias escuchan y ven estos cuadros que les describo…no les adjunto fotos ni grabaciones y es porque no uso esos dispositivos…esperando que uds. que su gestion soluciones este caso…sin otro particular me despido de uds. y felicitandoles por su buena gestion….saludos

  2. Claudio dice:

    Cómo se que Uds actúan ante un caso de maltrato animal? Yo soy testigo de un perrito ? que hace ya más de una semana está siendo maltratado xq lo tienen encerrado y el animal llora todos los días,esto es en Villa Maria del Triunfo.

  3. Xiomara dice:

    Hola…la ordenanza para la municipalidad provincial de chincheros en Apurimac por favorrrr

  4. En el Callao existe alguna ordenanza municipal de protección de animales

  5. mari dice:

    porfavor no permitamos la violación a los perros austonacia a los depravados violadores imaginen que puede ser asus perros padres del congreso donde estan las promesas mi voto no valio hasta cuando el pueblo grita de dolor mientras que el gobierno come rico y ahora que hay elecciones porque votar si todos roban

  6. mari dice:

    hasta cuando el albergue de los animales no lo apoya el estado con un recurso en vez que congreso gane el doble fiestas patrias en vez de ayudar a los perros gatos y otros que estan siendo parte de contrabando no callen porfavor si alguien sabe de ley ayude a los animales a no lo maltraten

Deja tu comentario