Sobre la Audiencia en el TC

Estos son los puntos importantes sobre lo que fue la audiencia pública del 25 de enero en el Tribunal Constitucional (sede Arequipa) de la Demanda de Inconstitucionalidad contra la excepción en la Primera Disposición Complementaria Final en la ley de protección animal Nº 30407, excepción que blinda espectáculos cruentos en el Perú.

1.- El 25 de enero ha sido un día histórico en la lucha por la abolición de los espectáculos crueles en el Perú. Es la primera vez que una acción legal tan importante como una demanda de inconstitucionalidad que busca la abolición de espectáculos violentos y crueles, se da en el Perú. Esto solo demuestra que cada vez es más fuerte el rechazo de la población hacia estas actividades y que insta y pide al Gobierno para que las proscriba.

2.- En la audiencia quisieron hacernos un “carga montón”, puesto que aparte de Karin Gisela Cornejo Zavaleta, representante del Congreso de la República (que es el demandado), aparecieron en la audiencia más personas para defender prácticas crueles y violentas.

Vale decir que en el Expediente 0022-2018-AI/TC, colgado en la página web del Tribunal, solo consta hasta el momento la aprobación para ser «tercera parte» en el proceso el abogado de la asociación de gallicidas. Sin embargo, en el momento de la audiencia tuvieron el uso de la palabra también: la congresista Aramayo, quien abusando de su cargo de congresista pidió ser amicus curae para defender los espectáculos cruentos que la excepción blinda ilegalmente.

El Congreso ya tenía a su representante para defenderse. ¿Entonces para qué fue Aramayo? Ya sabemos qué es lo que realmente buscan los congresistas y parece que aún hay gente que “les cree”. Al final gallicidas y tauricidas terminaron odiando a Aramayo porque no hizo una «buena defensa». Asimismo, apareció un abogado más, un represente de la asociación de peleas de toros. Es decir 5 personas “informando” y defendiendo espectáculos donde los animales son torturados, explotados y asesinados.

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3.- La parte Demandante, es decir, los defensores de los animales, respetando el debido proceso que es muy importante seguir, solo eran dos: la demandante, en representación de 5,286 ciudadanos peruanos y nuestro abogado, Juan Talavera.

4.- La parte demandada y los “amicus curae” nunca han presentado ningún fundamento jurídico ni mucho menos científico para defender sus actividades cruentas y violentas. Y es que es simple: la crueldad no tiene justificación. Todo lo que aducen es lo de siempre: que son sus tradiciones y que por lo tanto el Estado debe seguir protegiéndolas. Que no se les puede prohibir torturar animales porque ellos son libres de hacerlo. Que todos los peruanos (que también somos parte del Estado) debemos seguir aceptando y permitiendo la tortura de animales como si fuera nuestra “cultura”, así ésta contenga crueldad y muerte, entre otros argumentos ya desgastados.

5.- La magistrada del TC, Marianella Ledesma Narváez, habló en especial sobre las peleas de toros y quiso que Aramayo o los varios “amicus” señalen si este espectáculo está en el mismo nivel de crueldad que las peleas de gallos y corridas de toros. Sin embargo, ni Aramayo, ni el representante de la asociación de galleros supieron responder y como siempre se fueron por la tangente.

6.- Al respecto de las peleas de toros nuestra postura es clara. Si bien el Reglamento de peleas de toros señala quiere evitar la crueldad y sufrimiento de los toros en las peleas, la ley de protección animal Nº 30407 prohíbe el entrenamiento, fomento y organización de peleas entre animales. Entonces la excepción también contradice uno de los objetivos de la ley en dicho aspecto. Si la excepción es eliminada de la ley, las peleas de toros, peleas de gallos y corridas de toros serán prohibidas por ley. Porque así no haya crueldad y tortura EVIDENTE contra los animales en las peleas (lo que sí es evidente en las peleas de gallos) la ley las prohíbe, puesto que enfrentar a dos animales a pelear es arriesgarlos a salir heridos o muertos. Además las apuestas en peleas de animales son inherentes a ellas, lo que las hace también inmorales.

Nuestro abogado, Juan Talavera, defendiendo la demanda por la ABOLICIÓN.

7.- La representante del Congreso mintió con desparpajo cuando dijo que la excepción en la ley tuvo el debido proceso en el Congreso. Los documentos ya presentados ante el Tribunal son pruebas indiscutibles. Ella no ha presentado ninguna prueba que demuestre lo contrario.

8.- El tribunal constitucional escuchó atentamente nuestros argumentos y fundamentos de hecho como de derecho, así como también las respuestas jurídicas que nuestro abogado dio a sus preguntas.

Representante de FUERZA TOROS informando sobre el mal proceso que tuvo la excepción para ser añadida a la ley.

9.- Queremos resaltar algo importante: nosotros no tenemos donaciones económicas ni nacionales ni internacionales de nadie. Los pasajes para trasladarnos hasta Arequipa han sido cubiertos por los mismos representantes de ALCO. El abogado Juan Talavera hace su trabajo ad honorem. Es decir, sin cobrar un Sol. Lo hace porque tiene ideales y valores. No todo en este mundo tiene un precio económico. Hay personas que hacen un trabajo voluntario solo por el hecho de mejorar este país y/o por defender a seres indefensos, como son los animales. Sin embargo, esto no lo pueden ni podrán entender personas que lucran con el sufrimiento de los animales.

10.- El TC deberá dictar sentencia dentro de los 30 días siguientes a la audiencia pública. Por nuestra parte esperaremos con esperanza que la decisión del Tribunal Constitucional sea a favor de la demanda, de la EVOLUCIÓN, de la JUSTICIA y de la PAZ.

—Parte del video de la audiencia AQUÍ.

—Video completo AQUÍ en la página del Tribunal Constitucional.

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¡FUERZA TOROS!

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